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Casos de 288 P.C.

ABOGADOS DE LOS ANGELES DEFENDIENDO CASOS DE 288 P.C.
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El abuso de menores es un crimen grave que puede resultar en penas severas. El abuso de menores es castigado bajo la sección 288 del Código Penal de California (288 P.C.), que cubre cualquier acto obsceno o obsceno sexual contra menores de edad.

¿Qué constituye un acto lascivo bajo PC 288?

El abuso de menores es un crimen muy serio y ocurre cuando un adulto toma cualquier manera de acción hacia un menor para obtener satisfacción sexual.  Típicamente las acusaciones generalmente involucran lo siguiente: Un niño fue tocado o acariciado en un órgano sexual, o un acto sexual de abuso de menores se llevó a cabo.  También un acusado puede ser acusado de actos lascivos si involucran lo siguiente: El tocar no estaba en un órgano sexual, el toque se realizó sobre la ropa del niño (en lugar de sobre la piel desnuda), o el niño era el que tocaba (si el acusado lo incitaba).

Generalmente, la molestia de menores conlleva una condena por delito grave con un mínimo de 3 años y hasta 10 años de prisión, junto con multas excesivas y probablemente tendrá que registrarse como un delincuente sexual en el registro nacional de delincuentes sexuales por toda su vida bajo el artículo 290 del Código Penal de California.

Si usted o alguien que usted conoce está enfrentando cargos de abuso sexual infantil o otro tipo de cargo sexual, no pierda tiempo y llame a nuestros agresivos y dedicados abogados de delitos sexuales inmediatamente. La intervención de abogados defensores desde el principio de una investigación es crucial y muy importante. Es posible que lo han acusado falsamente y en tal caso nuestros abogados de defensa de Los Ángeles intervendrán y harán todo lo posible para que los cargos sean rechazados.

Cargos de delitos sexuales incluyen los siguientes:

  • 288 PC: acto lascivo con un niño (el abuso sexual de niños de 14 años de edad o menos).
  • 288a(b) PC: el abuso sexual de niños de más de 14 años de edad.
  • 261.2 PC: violación por fuerza.
  • 261.5 PC: violación estatutaria (relaciones sexuales con un menor de edad con consentimiento o no).
  • 290 PC: obligación de registrarse como un delincuente sexual.
  • 311 PC: posesión de pornografía infantil.
  • 314 PC: exhibicionismo.
  • 647 (a) PC: acto lascivo en un lugar público.
  • 647 (b) PC: solicitación de prostitución.
  • 647 (j) PC: invasión de privacidad. Prohíbe tres crímenes distintos:  1. Usar un dispositivo como un telescopio o binoculares para invadir la privacidad de una persona  2. Fotografiar o grabar secretamente el cuerpo de una persona debajo o a través de su ropa con el propósito de excitación o gratificación sexual  3. Grabar o fotografiar en secreto a otra persona en una habitación privada (como el baño) para ver el cuerpo o la ropa interior de esa persona.
  • 243.4 PC : agresión sexual.

Los Abogados del Hedding Law Firm han manejado todo tipo de casos que involucran crímenes sexuales y han sido capaces de proteger los intereses de nuestros clientes y los derechos legales. Tenemos más de 75 años de experiencia combinada y credenciales inigualables en todo el condado de Los Ángeles.

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