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Un crimen de droga es una ofensa muy seria y puede tener consecuencias muy graves si usted es condenado. Las penas que usted puede enfrentar incluyen: un año en la cárcel o el resto de su vida detrás las barras de una prisión, multas, probación, trabajo comunitário, programa de rehabilitación. Según la ley de California, los cargos más comunes relacionados con las drogas es la posesión para la venta o distribución de una sustancia controlada. Cada ofensa conlleva severas sentencias potenciales basadas en las circunstancias del caso y específicamente el tipo de droga involucrada. Por eso, es muy importante contratar a un abogado de defensa criminal que pueda evitar las penas más severas que podrán ser impuestas por el sistema judicial, y posiblemente también lograr para usted una sentencia alternativa acuerdo con la Proposición 36 (la cual envía a los acusados por drogas no violentos a tratamiento, en lugar de ir a la cárcel) y/o el Código Penal 1000 (desviación – entrada aplazada del juicio).
En el Estado de California, algunas de las drogas que son ilegales y son consideradas como una sustancia controlada o narcótico por el gobierno de Estados Unidos incluyen: Cocaína, Marijuana, Fentanilo, LSD, Extasis (MDMA), Metanfetamina (Speed), Heroína, PCP y la Morfina.
Los abogados del Hedding Law Firm están muy familiarizados con todo tipo de casos de drogas. Nuestros abogados han establecido las relaciones efectivas con funcionarios de las cortes a través de los años, que es beneficioso al desarrollar las estrategias de defensa para su caso.
Somos abogados respetables y reconocidos a través de Los Ángeles, por nuestro conocimiento y experiencia en casos relacionados de delitos por drogas incluyendo:
- VENTA DE DROGAS: Código H&S 11351 “Posesión Por Venta De Narcóticos” considera un delito grave poseer drogas ilegales con el propósito de vender las drogas. Este delito es más grave que la posesión de delito menor porque no califica para la desviación de drogas de la Proposición 36 o PC 1000 que evita la cárcel.
- TRANSPORTACIÓN/DISTRIBUCIÓN DE DROGAS: Código H&S 11352 “Venta o Transporte De Una Sustancia Controlada” considera un delito por vender, administrar, regalar, transportar o importar a California un narcótico ilegal. Generalmente, estos casos de HS 11352 surgen de operaciones encubiertas donde un oficial realiza una compra de drogas, están en un puesto de observación de un negocio de drogas, o tienen a alguien bajo vigilancia.
- POSESIÓN DE DROGAS: Código H&S 11350 “Posesión De Una Sustancia Controlada” considera un delito menor poseer narcóticos como cocaína, crack, heroína, éxtasis, ketamina, GHB e incluso medicamentos como Vicodin o Codeine si no están recetados legalmente. Una persona declarada culpable de “posesión de una sustancia controlada” enfrenta hasta tres años de prisión en el estado de California. Pero la mayoría de las personas acusadas de este crimen evitan la cárcel si son elegibles para la desviación de drogas de la Proposición 36 o PC 1000.
- CULTIVACION DE MARIJUANA: Código H&S 11358 “Cultivo Ilegal De Marijuana”: Cultivar más de seis plantas de marihuana es un delito menor que lleva hasta seis (6) meses en la cárcel del condado y / o una multa de hasta quinientos dólares. Pero será una felonía si la persona tiene antecedentes de felonías violentas, están registrados como delincuentes sexuales, tienen dos o más condenas anteriores por cultivar más de seis plantas de marijuana, o violan ciertas leyes ambientales de California por cultivar marijuana.
- FABRICACIÓN DE DROGAS: Código H&S 11379.6 “Fabricación De Drogas y Narcóticos” prohíbe la fabricación ilegal de drogas, narcóticos o sustancias controladas. Más específicamente, prohíbe involucrarse en o ofrecer participar en cualquier actividad en el proceso de fabricación de sustancias ilegales. Esto significa que si usted participa en cualquiera de los pasos iniciales o intermedios que están involucrados en el procesamiento de drogas, podría ser responsable por este delito.
- BAJO LA INFLUENCIA DE DROGAS: Código H&S 11550 “Bajo La Influencia De Sustancias Controladas” regula el uso de drogas. Intencionalmente, usar o estar bajo la influencia de una “sustancia controlada” o un droga ilegalmente obtenido es un delito menor que conlleva consecuencias graves. Si lo encuentran culpable de este cargo, el castigo podría ser lo siguiente: hasta cinco años de libertad condicional informal, hasta un año en la cárcel del condado, clases sobre drogas, y posible servicio comunitario o trabajo.
- CASOS FEDERALES DE DROGAS: El gobierno federal ha establecido una lista de sustancias y tipos de narcóticos que se consideran sustancias “controladas”. Existen diferentes “clasificación” de sustancias controladas que dependen de qué tan peligroso se considera el narcótico; el potencial de adicción; y si hay algún uso medicinal para el narcótico. Las clasificaciones de las sustancias controladas se encuentran en 21 U.S. Código Parte B Sección 812. Ejemplos de sustancias del clasificación I incluyen marijuana, peyote, metanfetamina y heroína. 21 U.S. Código Sección 841 prohíbe la fabricación, distribución o posesión de sustancias controladas. También prohíbe la posesión con la intención de fabricar, distribuir o despachar sustancias controladas, así como el acto de crear, dispensar o poseer drogas falsificadas. El volumen de narcóticos que una persona posee puede ser suficiente para sugerir la intención de distribuir, fabricar o dispensar.
A veces al imponer penas para un caso de delito de drogas, un juez mirará si la persona tiene ofensas previas. Si éstas situaciones aplican, usted puede recibir penas aumentadas al recibir su sentencia. Una pena aumentada es una pena más dura y puede agregar tiempo a su sentencia.
En el Bufete del Hedding Law Firm, nosotros tomaremos el tiempo para escuchar su caso, orientarlo sobre los aspectos más importantes de la ley. Formulamos una defensa agresiva para proteger sus derechos y libertad. Nos aseguraremos de que usted entienda los cargos en su contra, las implicaciones y penalidades asociadas a dichos cargos. Contáctenos hoy para un consulta gratis para determinar que debe ser el próximo paso para defender su caso.
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